Señor usuario si usted se encuentra dentro de las localidades de Kennedy y Fontibón, y considera que no se le están prestando de forma adecuada los servicios de recolección, barrido y limpieza podrá realizar el siguiente trámite:
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https://ciudadano.sigab.gov.co/#/login
Hazlo virtual:
Requisitos del trámite
Para presentar la respectiva queja por la no prestación o prestación de forma deficiente de los servicios de recolección, barrido y limpieza el usuario mediante la línea telefónica, medios presenciales o virtuales deberá suministrar la siguiente información:
- Número de Cuenta Contrato con la cual se realiza la prestación del Servicio Público Domiciliario de aseo (Factura del Servicio de Agua y Alcantarillado , y Aseo).
- Número de Cédula de Ciudadanía, NIT o según corresponda.
- Nombre Completo del solicitante.
- Número de teléfono Móvil o del domicilio.
- Dirección de correspondencia.
- Dirección sobre la cual no se esta prestando o se presta de forma deficiente el servicio respectivo.
- Relato breve y específico sobre los hechos ocurridos.
Canales de atención
Canal telefónico
- Línea 110, para la ciudad de Bogotá D.C., el cual atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
- Línea 195
Canal virtual
- Mediante la página web instaurada para la Ciudad de Bogotá D.C., par la prestación del servicio publico domiciliario de aseo de acuerdo con la Resolución UAESP 027 del 2018.
- De igual manera se ha abierto la posibilidad de radicación mediante el correo electronico linea110@proceraseo.co.
Canales Presenciales
Puntos de la red CADE
Ciudad Limpia S.A ESP
Tenga en cuenta
- Señor usuario si su queja la realiza de forma verbal, la misma en los términos estipulados en el Decreto 1166 de 2016 “Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente”. Se procederá a contestar de forma verbal, en la cual el respectivo coordinador encargado de la atención de la zona realizará una visita en el transcurso del término de los 15 días hábiles, con el fin de evidenciar la problemática existente y tomar las acciones correctivas a que de lugar de acuerdo al marco jurídico de la prestación de los servicios de recolección, barrido y limpieza.
- El horario de atención en el SuperCADE de las Américas se encuentra establecido de la siguiente manera de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Soporte jurídico
- Decreto 1166 de 2016 “Por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente”.
- Artículo 2.2.3.12.4. Respuesta al derecho de petición verbal. La respuesta al derecho de petición verbal deberá darse en los plazos establecidos en la ley. En el evento que se dé respuesta verbal a la petición, se deberá indicar de manera expresa la respuesta suministrada al peticionario en la respectiva constancia de radicación. No será necesario dejar constancia ni radicar el derecho de petición de información cuando la respuesta al ciudadano consista en una simple orientación del servidor público, acerca del lugar al que aquél puede dirigirse para obtener la información solicitada.
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