Obtener la aprobación de las estrategias, acciones y técnicas aplicables a las zonas intervenidas por la minería con el fin de corregir, mitigar, y compensar los impactos y efectos ambientales ocasionados, que permitan adecuar las áreas hacia un cierre definitivo y uso postminería
Requisitos del trámite
- Solicite mediante una carta dirigida a la Secretaría Distrital de Ambiente, la evaluación de Planes de Manejo Ambiental y/o el Plan de Manejo de Recuperación y Restauración Ambiental en predios mineros.
- Ingrese al Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y siga las instrucciones, para realizar la autoliquidación y establecer el valor a cancelar por concepto de servicio de evaluación ambiental.
- Con el recibo generado por el Autoliquidador, utilizando impresora láser, imprima el recibo y diríjase a cualquier sucursal del Banco de Occidente.4
- A la carta de solicitud anexe los siguientes documentos:
- Lista de Chequeo Solicitud de evaluacion de PMA PMRRA PRR en predios mineros
- Documento que contenga el Plan de Manejo Ambiental o Plan de Manejo de Recuperación y Restauración Ambiental. Tener en cuenta los Términos de referencia para presentación de PMA para proyectos obras o actividades mineras dentro del perímetro urbano de Bogotá D.C y Términos de referencia para elaborar el PMRRA o PRR de áreas afectadas por actividad extractiva de minerales dentro del perímetro urbano de Bogotá
- La información mínima que debe contener el PMA:
- Información de la organización, de la mina y predial.
- Copia del Título Minero o Registro Minero.
- Copia del Programa de Trabajos y Obras o del Programa de Trabajos e Inversiones aprobado por la Autoridad Minera competente.
- Planos geológicos, geomorfológicos e hidrogeológicos por un geólogo o ingeniero geólogo.
- Diseños finales de conformación del terreno por un geotecnista.
- Programa de Plan de Manejo Ambiental, que debe incluir un cronograma específico de ejecución de cada una de las actividades y obras.
- Capítulo con los costos detallados de las obras.
- Original y copia del Recibo de Pago.
- Información mínima que debe contener el Plan de Manejo de Recuperación y Restauración Ambiental.
- Información de la Organización, de la mina y predial.
- Capítulo de componentes geosféricos (geología, geomorfología, geodinámica o amenazas geológicas, descripción del suelo, aspectos atmosféricos, hidrosféricos, bióticos, paisajísticos, socioeconómicos y culturales).
- Planos geológicos, geomorfológicos, hidrogeológicos, firmados por un geólogo o ingeniero geólogo, los profesionales que realicen los estudios básicos de drenaje y planos de los mismos deben firmar.
- Modelo geológico –Geotécnico y análisis de estabilidad.
- Planos de diseños de obras geotécnicas. El profesional que realice los diseños de las obras de mitigación debe tener estudios de postgrado en estructuras o geotecnia.
- Capítulo de Recuperación y Restauración Ambiental.
- Capítulo de Manejo Ambiental, que debe incluir un cronograma específico de ejecución de cada una de las actividades y obras.
- Capítulo de costos de los elementos, programas y obras propuestos en el Plan de Manejo de Recuperación y Restauración Ambiental.
- 5. Con la carta de solicitud y sus anexos acuda a uno de los puntos de atención para realizar la radicación o en nuestros canales virtuales
Canales de atención
Canal telefónico
- La información se podrá brindar en la línea 195
- Debido al aislamiento obligatorio en todo el país, la entidad ha habilitado ocho líneas celulares con el fin de responder dudas acerca de este trámite, para conocer presione Líneas de Atención Telefónica
Canal virtual
- En nuestro correo electrónico atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, podrá enviar SOLO SI adjunta la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
- Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
Canales Presenciales
Puntos de la red CADE
Secretaría Distrital de Ambiente
Tenga en cuenta
HORARIO DE ATENCIÓN
SUPERCADES: LUNES A VIERNES DE 7:00 AM A 5.30 PM Y SABADO DE 8 AM A 12 M
CADES: LUNES A VIERNES DE 7:00 AM A 4:00 PM
HORA DE ALMUERZO: 12:30 A 1:30 PM
- Toda persona natural o jurídica que desarrolle actividades mineras en áreas permitidas, deberá elaborar un plan de manejo ambiental, documento que producto de una evaluación ambiental establece, de manera detallada, las acciones que se implementarán para prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales negativos que se causen por el desarrollo de esta actividad y el cual será evaluado para su aprobación por parte de la autoridad ambiental competente. En los casos de las áreas con suspensión de actividad minera, se deberá presentar el Plan de Manejo, Recuperación y Restauración Ambiental, documento que contiene las estrategias, acciones y técnicas aplicables en zonas intervenidas por la minería con el fin de corregir, mitigar, y compensar los impactos y efectos ambientales ocasionados, que permitan adecuar las áreas hacia un cierre definitivo y uso post-minería. Debe contener entre otros, los componentes geotécnico, geomorfológico, hídrico, ecosistémico y paisajístico.
- Para realizar el trámite debe tener claros los Términos de referencia para elaborar el PMRRA o PRR de áreas afectadas por actividad extractiva de minerales dentro del perímetro urbano de Bogota, D.C y los Términos de referencia para presentación de plan de manejo ambiental para proyectos, obras o actividades mineras dentro del perímetro urbano de Bogotá, D.C.
- Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
- En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
- Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
- Evite incluir hojas en blanco dentro del documento ya que estás no deben ser foleadas y no son incluidas en el momento de escanear.
- Si desea llevar copia del número del radicado deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
En caso de radicar por primera vez en la entidad deberá presentar su cédula de ciudadanía en caso de ser persona natural y en caso de persona jurídica la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal con el fin de crearlo en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que vaya a radicar).
- En los puntos de atención de la RedCADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.
- La aprobación del plan de manejo de restauración y recuperación ambiental se obtiene en 180 Días hábiles.
Soporte jurídico
- Ley 1382 de 2010 “Por el cual se modifica la Ley 685 de 2001 Código de minas”.
- Decreto 2715 de 2010 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1382 de 2010”.
- Resolución 1197 de 2004 “Por la cual se establecen las zonas compatibles con la minería de materiales de construcción y de arcillas en la Sabana de Bogotá, se sustituye la Resolución número 0813 del 14 de julio de 2004 y se adoptan otras determinaciones”.
- Decreto 190 de 2004“Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003.”
- Resolución 2173 de 2003 “Por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental.
- Ley 685 de 2001 “Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones”.
- Resolución 0222 de 1994 “Por la cual se determinan zonas compatibles para las explotaciones mineras de materiales de construcción en la Sabana de Bogotá y se dictan otras disposiciones”.
- Ley 99 de 1993. “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, y se dictan otras disposiciones”.