Obtener autorización por escrito para retransmitir la señal de canal capital a los servicios de televisión comunitaria cerradas sin ánimo de lucro, en las diferentes localidades y municipios.
1. Realizar una solicitud por escrito anexando lo siguiente:
2. Radicar o enviar la solicitud a través de los siguientes medios:
3. Como respuesta se obtiene la carta de autorización con los parámetros de bajada de la señal en SD o HD, en un término de 15 días hábiles.
- Resolución 433 de 2013 “Por la cual se Reglamenta Parcialmente el Servicio de Televisión Comunitaria Cerrada Sin Ánimo de Lucro.
Última actualización: 13 Febrero, 2019